EN LO PRINCIPAL, Recurso de Amparo. PRIMER OTROSÍ: Acompaña Documentos, SEGUNDO OTROSÍ; Solicita Oficios; TERCER OTROSÍ; Patrocinio y poder.
ILUSTRISIMA CORTE DE APELACIONES DE TEMUCO
Lorenzo Andrés Morales Cortés, abogado, con domicIlio en la Ciudad de Collipulli calle Cruz 43, cedula de identidad Nº 12.403.302-0, a US. Iltma. respetuosamente digo:
Que de acuerdo a las atribuciones que me confieren la Constitución Política del Estado, en su artículo 21, y normas conexas, en especial el art. 95 Inciso 3º del Código Procesal Penal, vengo en interponer a favor de mi representado ACCIÓN CONSTITUCIONAL DE AMPARO, en Contra de la Segunda Sala de La Ilustrísima Corte de Temuco, integrada en aquella oportunidad por Segunda Sala integrada por su Presidente Ministro Sr. Leopoldo Llanos Sagristá, Ministro Sr. Fernando Carreño Ortega y Fiscal Judicial Sr. Luis Troncoso Lagos, ya que dicha resolución afecta el ejercicio legitimo de la libertad personal y seguridad individual de mi Patrocinado Luis Humberto Marileo Cariqueo, acusado en la causa rit 1134-2009, ruc: 09009692218-2, tramitados en el juzgado a quo de Victoria, solicitando desde ya acogerla a tramitación y en definitiva, adopte de inmediato las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar su debida protección, otorgándole al efecto algunas de las cautelares del art.155 del Código Procesal Penal, reemplazando así la medida de internación provisoria que pesa sobre él, todo lo anterior en razón de los argumentos de hecho y de derecho que a continuación señalamos:
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