Exposición de la CECT ante la Comisión de derechos humanos, verdad histórica, bases para la justicia, reparación y garantías de no repetición de la Convención Constitucional

A CONTINUACIÓN SE PUBLICA UNA SÍNTESIS DE LA EXPOSICIÓN DE LA COMISIÓN ÉTICA CONTRA LA TORTURA ANTE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS, VERDAD HISTÓRICA, BASES PARA LA JUSTICIA, REPARACIÓN Y GARANTÍAS DE NO REPETICIÓN DE LA CONVENCIÓN CONSTITUCIONAL DEL JUEVES 19 DE AGOSTO DE 2021 EN EL EXCONGRESO NACIONAL

CONVENCIONALES:

La Comisión Ética Contra la Tortura (CECT) es una organización de derechos humanos de la sociedad civil chilena[1]. Desde el año de su fundación el 2001 luchó por la creación de una comisión de verdad y reparación de la tortura y la prisión política en dictadura, lo que culminó en la Comisión Valech. Paralelamente y con posterioridad al año 2005 ha desarrollado un trabajo de promoción de la prevención de la tortura en democracia, como también de denuncia activa de la represión y criminalización de la protesta social, especialmente la del pueblo mapuche, de los estudiantes de las poblaciones de las zonas de sacrificio de los ciudadanos protagonistas del estallido social de octubre de 2019 el cual abrió el nuevo período constituyente del cual hoy somos tributarios y actores.

Un resumen de nuestra palabra en esta Convención Constitucional, que reconocemos y saludamos como un grado muy alto de soberanía alcanzado por nuestro pueblo, es el siguiente:

1.- Para la CECT existen consensos generales en materia de universalidad y de un catálogo de derechos humanos hoy en Chile. La Declaración Universal de los Derechos Humanos nos liga una arquitectura de derechos universales inherentes a la dignidad intrínseca y determinada de la condición humana.

2.-Aspiramos entonces a que los derechos humanos contenidos en esta Declaración Universal sean garantizados y asegurados en la nueva Constitución para todas las personas, sin distinción de etnia, clase social, sexo, credo religioso, militancia política o lugar de nacimiento, haciendo así del principio de universalidad una expresión práctica para consagrarlos. Los principios rectores del derecho humanitario internacional, así como toda la normativa de protección de los derechos humanos, también deben verse reflejados en la Carta Fundamental futura y, por tanto, en una nueva definición del Estado y de su carácter.

3.-Por lo tanto se deben incorporar a la nueva Constitución los tratados internacionales ratificados en la materia, posicionándose con rango y jerarquía constitucional, subordinando de forma categórica al derecho constitucional y sus posibles interpretaciones al desarrollo y vigencia internacional de los derechos humanos. Es decir, ninguna norma legal interna deberá estar por sobre los consensos que como especie humana hemos alcanzado en la materia. Porque, a qué otra actividad debiera dedicarse el Estado, si no es a satisfacer y garantizar los derechos de sus ciudadanos.

4.- Es necesario que en el preámbulo de esta nueva Constitución se explicite el consenso de término y repudio absoluto al marco jurídico heredado por la dictadura cívico militar encabezada por Pinochet, que ha posibilitado que nuevamente se violen los derechos humanos en nuestro país, de forma sistemática y generalizada; y que en su parte dogmática ponga el centro del quehacer y de todas sus instituciones a los derechos humanos. Esto significará la mejor garantía de que los derechos humanos sean el objetivo principal de toda la actividad política e institucional en nuestro país.

5.- La CECT reconoce el complejo cuadro actual para un nuevo Pacto Constitucional, que permita establecer normas que limiten la violencia histórica y actual del Estado contra su propia población. Esto pone a la orden del día la subordinación del poder militar al poder civil, así como una refundación de los organismo legales y legítimos de coacción. Hoy se constata que aún no existen medidas a la altura de las circunstancias que frenen y pongan término al arco de violencia institucional generalizada. Es más, el Estado y sus fuerzas de coerción sigue mortificando la legítima protesta y movilización social, generando más lesionados, más detenciones arbitrarias y víctimas de trauma ocular.

6.- El texto que será sometido a plebiscito debe contener una Constitución que garantice, asegure, permita y promueva que la vida de todas las personas jamás vuelva a ser pasada a llevar, vulnerada ni empobrecida con leyes de expoliación, y que ninguna persona pueda ser marginada bajo el supuesto de conflictos o violencias planteadas por grupos de poderes fácticos o no, como lo son los grupos armados, mafias, cárteles de narcotráfico, coludidos con grupos de poder y/o capitales nacionales y foráneos, surgidos al alero del sistema financiero y de corporaciones transnacionales.

7.- Hemos visto que la violencia ejercida sobre nuestros pueblos ha dejado secuelas que hieren la consciencia moral y social de las personas que habitamos en esta parte del planeta. Crímenes, torturas, desapariciones forzadas de personas, personas quemadas con ácidos, personas mutiladas, personas dejadas con discapacidad permanente o temporal, actos todos ellos realizados por el Estado contra sus ciudadanos y la persecución política, la prisión como herramienta de castigo a las y los luchadores sociales, además de los miles de desechos arrojados a los océanos que colocan en peligro la vida y los alimentos que provienen del mar.

8.- En la CECT hemos reflexionado sobre la necesidad de abordar las violaciones a los derechos humanos del pasado y del presente a través de una justicia transicional. En la Nueva Constitución, la sociedad democrática que buscamos hoy debe legitimarse en la base y los principios de la justicia. La justicia exige que sus miembros acuerden los criterios para discernir lo que es justo de lo que no lo es. De ahí que la justicia deba ser expresión de los derechos humanos y de los principios que la rigen, para que ellos sean comprendidos y asumidos por todas las personas

9.- El derecho a la vida, el derecho a la integridad física, el derecho a la libertad de conciencia, a la libertad, son temas que muchas veces se veían hace sólo casi dos años como un problema menor en el país. Es necesario establecer mecanismos de justicia transicional que sean complementarios al proceso constituyente y que son los mecanismos de establecimiento de verdad, justicia, reparación y liberación de todos los presos políticos por el estallido social.

10.- La construcción del Nuevo Pacto Constituyente, el nuevo pacto constitucional, debe ir acompañado de mecanismos de establecimiento de este marco de reencuentro nacional, que debe ser construido a partir de estos mecanismos transicionales. Los mecanismos de justicia transicional son mecanismos políticos, estratégicos, que permiten a una sociedad salir de un estado de conflicto agudo, a establecer las condiciones para una convivencia básica entre aquellos que pensamos distinto, entre aquellos que pensamos diferente pero que necesitamos vivir juntos. Y esa necesidad del vivir juntos, nos exige justamente abordar los conflictos en su raíz, no solamente en la manifestación superficial que muchas veces acapara la mayor atención. Lo que hay que ir a construir es un pacto que responda a las causas y a los efectos de lo que ha sido el 18 de octubre en adelante, las causas del estallido social y también sus efectos en la población.

11.- Hay que poner a los derechos humanos al centro del quehacer estatal y de todas las instituciones. Debemos aprovechar la oportunidad de consagrar también la participación ciudadana y entenderla también como un derecho humano. Por ejemplo, la iniciativa popular de ley, así como el derecho a revocar autoridades, generará y facilitará la participación democrática de la ciudadanía sin intermediación de partidos y podrá generar desde las comunidades y desde los territorios que se pueda incidir de forma directa en las políticas públicas.

12.- Para la CECT un tema clave es rol del ejercicio democrático y la participación ciudadana. El proyecto de una Constitución Política que tenga la capacidad revocatoria de las autoridades elegidas en todos los niveles e instituciones, que cuente con fuerzas armadas y policiales que se subordinan al poder civil y que estén al servicio del pueblo, dejando atrás impostergablemente la doctrina de la seguridad nacional que estigmatiza, persigue, mutila y asesina.

13.- Por último, para la CECT un tema particular atención, como desafío en una Nueva Constitución en el ámbito de la reparación y las medidas de no repetición de las violaciones de los derechos humanos y de prevención de los delitos de lesa humanidad, es el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, MNPT. Este compromiso de Chile dimana de la firma de la Convención contra la tortura de la ONU y es un MNPT que nace estructuralmente débil en Chile debido a la continua postergación de su implementación por parte de los 4 últimos gobiernos (14 años de atraso) y también debido al hecho que es concebido e instalado como una suboficina del INDH.

La forma de construcción del MNPT entonces, al no aplicarse integralmente los principios llamados de Paris y al encajonarlo en el INDH, debilitó enormemente su capacidad fundacional. Estas directrices obligan al mecanismo a ser fruto de una ley; ser autónomo; con presupuesto propio y alta participación de la sociedad civil. Esto ha creado una situación de muy baja capacidad operacional y poca robustez del MNPT implementado, precisamente en el área de mayor sensibilidad del organismo que es la de actuar de manera proactiva, urgente y preventiva, porque le da legalidad y legitimidad todo un marco jurídico nacional e internacional.

La Convención Constitucional, confrontada además a una crisis de la institucionalidad de derechos humanos, por la actual situación del INDH y de los órganos de justicia, deberá fundamentar una nueva institucionalidad de derechos humanos que sea preventiva, integral, legítima, participativa, democrática y coherente con los nuevos preceptos constitucionales.

Albergamos la más ferviente esperanza de que los trabajos de la Convención culminen exitosamente.

Juana Aguilera Jaramillo

Presidenta de la Comisión Ética Contra la Tortura

Santiago de Chile 19 de agosto de 2021


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