Diario Digital Clarín. Elena Rusca Corresponsal en Ginebra. 19 de febrero de 2024.
En pocas semanas tendrá lugar el 140° periodo de Sesiones del Comité de Derechos Humanos antes las Naciones Unidas. Durante esta sesión, Chile hará parte de los países examinados. Si el Estado tendrá sus informes acerca de su «trabajo» hecho en los últimos años, varias son las organizaciones que presentarán un informe dicho «alternativo», de la sociedad civil, para contrastar y completar talvez, las informaciones transmitida por el gobierno.
El Comité de Derechos Humanos es el órgano de expertos independientes que supervisa la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos por sus Estados Partes. Todos los Estados Partes deben presentar al Comité informes periódicos sobre la manera en que se ejercitan los derechos. El Comité examina cada informe y expresa sus preocupaciones y recomendaciones al Estado Parte en forma de «observaciones finales».
Además del procedimiento de presentación de informes, el artículo 41 del Pacto establece que el Comité debe examinar las denuncias entre los Estados. Además, el Primer Protocolo Facultativo del Pacto otorga al Comité competencia para examinar las denuncias de los particulares en relación con supuestas violaciones del Pacto cometidas por los Estados Partes en el Protocolo. La plena competencia del Comité se extiende al Segundo Protocolo Facultativo del Pacto relativo a la abolición de la pena de muerte respecto de los Estados que han aceptado el Protocolo.
Durante esta sesión muchas son las organizaciones que están señalando, a través de los llamados «informes alternativos», las violaciones de derechos humanos que siguen sufriéndose en Chile después de su «transición a la democracia».
Entre las violaciones denunciadas se llama en particular modo la atención a las violaciones cometida por el Estado durante la Revuelta, y también hacia el Pueblo Mapuche.
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